viernes, 31 de octubre de 2014

HACIENDA ACELERA EL CÁLCULO DE LAS NUEVAS RETENCIONES DEL IRPF

El Gobierno presenta a las empresas el desarrollo de la nueva norma, a la espera de la aprobación definitiva de la reforma fiscal en noviembre

Hacienda acelera la tramitación del Reglamento de las nuevas retenciones del IRPF que requiere la reforma fiscal para que los ciudadanos perciban la bajada de impuestos ya en la nómina de enero de 2015, año electoral. El Ministerio colgó ayer este desarrollo en su web para que comience el trámite de audiencia pública. El Gobierno aprobará el Decreto una vez que las Cortes validen la reforma fiscal a finales de noviembre.El borrador del Real Decreto modifica el Reglamento del IRPF en materia de pagos a  cuenta y a adapta la tabla de retenciones salariales a la nueva escala del IRPF, que rebajó de siete a cinco el número de tramos del impuesto.
Así, el primer tramo, del 20% se aplicará hasta los 12.450 euros y, entre este importe y los 20.200 euros, se aplicará el 25%. Para las rentas de entre 20.200 y 35.200 euros, el tipo bajará al 31% el año que viene, mientras que en las rentas de entre 35.200 y 60.000 euros, la tarifa bajará al 39% en 2015. Finalmente, las rentas que superan los 60.000 euros tributarán a partir de 2015 a un tipo del 47%.

El cálculo de las retenciones se realiza dividiendo lo que se paga de cuota entre los ingresos brutos. Así, un sueldo bruto de 34.000 tendrá un neto (descontando Seguridad Social y gastos, deducción lineal que ahora sustituye a la de rendimientos del trabajo) de 30.000. Aplicada la cuota a pagar y dividida entre el bruto, se obtiene una retención del 18,13%. A este cálculo le faltaría añadir los mínimos personal y familiar, que se incrementan. Si el contribuyente citado fuera soltero sin hijos, llevará a tarifa 5.550, que dará un resultado de 1.110. En definitiva, la cuota a pagar será de 6.690 y el tipo de retención, del 13,79%.

Además, el Reglamento se adapta a la rebaja del 21% actual al 20% en 2015, y al 19% en 2016, el tipo fijo de retención para rendimientos del ahorro, actividades profesionales y actividades económicas.

Los administradores de entidades cuya cifra de negocios sea inferior a 100.000 euros verán rebajada su retención del 42% actual al 20%, en 2015, y al 19%, en 2016. El borrador suprime, igualmente, el actual redondeo al entero más próximo del tipo de retención que, según el Gobierno, aleja “de manera aleatoria” el importe de la retención respecto del impuesto que finalmente debe soportar el contribuyente en su futura declaración.

Asimismo, el Decreto aclara que a los contribuyentes casados con rentas hasta- 12.000 euros al año no se les aplicará ninguna retención, cantidad que se eleva a 12.607 en caso de tener un hijo y a 13.275 si el contribuyente tiene dos o más descendientes. En el caso de que el contribuyente esté casado, pero su cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, la renta exenta de retención se eleva a 13.696 euros sin hijos, a 14.985 con un hijo y a 17.138 euros con dos o más hijos.

El borrador de real decreto fija también los requisitos para las nuevas deducciones por impuestos negativos, aplicables a familias numerosas o personas a cargo con discapacidad. El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, avanzó ayer que unas 750.000 familias podrán beneficiarse de estos nuevos incentivos, por los que podrán recibir 1.200 euros por cada una de las circunstancias a las que dé derecho a una deducción y que podrán cobrarse mensualmente y por adelantado a razón de 100 euros.

El texto aclara, al igual que sucede actualmente con la deducción por cuidado de hijos menores de tres años, que estas deducciones tendrán como límite para cada una de ellas las cotizaciones y cuotas a la Seguridad Social y mutualidades de carácter alternativo devengadas en cada periodo impositivo con posterioridad al momento en que se cumplan tales requisitos. No obstante, si el contribuyente tiene derecho a la deducción  por mantener a un ascendiente o descendiente discapacitado, el citado límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

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