miércoles, 29 de noviembre de 2017

COMO TRIBUTAN LAS VENTAS ON LINE EN WALLAPOP O EBAY

   Hacienda ha establecido, como adelantó este jueves Expansión.com, que los particulares que vendan bienes en plataformas como eBay, Wallapop o Vibbo serán gravados por Transmisiones Patrimoniales (ITP). A continuación, todos los detalles de cómo se aplicará este impuesto.

¿Cómo tributan?

   Las ventas de productos usados realizadas por particulares en plataformas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%. Además, las ventas en estas plataformas online que generen beneficios tributan en el IRPF como ganancia patrimonial.

¿Tributan todas la ventas?

   Sí, todas en ITP al 4%, aunque se venda por menos de lo que costó el producto. En el IRPF, sólo las que generen beneficios. No es lo más habitual en transacciones de bienes usados y de segunda mano, pero sí cuando se venden cuadros u objetos de coleccionismo

¿Se pueden compensar las pérdidas?

   No, sólo computan en el IRPF las ganancias, las pérdidas en productos usados no pueden compensarse.

¿Cómo se declaran estas ventas?

   El ITP se declara en el Modelo 600. Pablo Romá y David Vallés, socio director de Fiscal y asociado sénior de Ecija, respectivamente, apuntan que "Hacienda se enfrenta ahora al reto de comunicar o difundir de una forma eficaz a los particulares la existencia de esta obligación". A su juicio, "no tendría sentido que existiendo una plataforma tecnológica de intercambio de bienes, no hubiese un sistema informático acorde para poder declarar el Impuesto y proceder a su pago". El IRPF se declara en la Campaña de la Renta.

¿Quién controla la tributación?

   En el caso del ITP, es competencia de las comunidades autónomas. Del IRPF se encarga la Agencia Tributaria.

¿Qué novedad ha habido en la tributación de estas ventas?

   La Dirección General de Tributos (DGT), el brazo legislativo de Hacienda, ha emitido una consulta vinculante que establece que las ventas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%. Un contribuyente preguntó porque no sabía qué debía hacer ante la novedad que suponen las plataformas on line.

¿Hay diferencia con la venta de productos usados que no sea a través de plataformas on line?

   No, está gravada igual por ITP como siempre lo ha estado, la duda estaba en qué ocurría si se hace a través de plataformas como eBay, Wallapop, Vibbo, Milanuncios o Amazon. Las ventas "físicas" son más difíciles de rastrear para Hacienda.

¿Cómo se grava la venta de productos nuevos?

   Igual, la clave es quién vende. Si lo hace un empresario o profesional, la venta está gravada con IVA. Si es un particular, con ITP. En principio, se asume que el particular venderá objetos usados o de segunda mano.

¿Va a controlar Hacienda estas ventas?

   Sí. La consulta de Tributos es de directa aplicación y Hacienda aclara que controla una tributación que deja rastro en la web. La Agencia Tributaria (AEAT), además, pide las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar transacciones. Además de no tributar, cabe la posibilidad de que se declaren ventas para enmascarar trabajos hechos en B en varias transacciones con diferentes cantidades o, incluso, que empresarios y profesionales vendan como si fueran particulares para ahorrarse el IVA del 21% y tributar al 4% por ITP.

¿Cómo se puede responder a Hacienda?

   
Es recomendable guardar documentos que acrediten la propiedad del bien y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre del acuerdo.

LA OCDE PIDE QUE SE PERMITA RECUPERAR EL IVA PAGADO Y NO COBRADO PASADO 90 DIAS

   Recuperar el IVA que una empresa ha ingresado en la Agencia Tributaria pero que no ha cobrado es uno de los problemas típicos a los que se enfrentan las compañías en la gestión del principal impuesto indirecto. La legislación actual establece que una empresa podrá solicitar el reintegro de un IVA pagado y no cobrado transcurrido un año desde el devengo del impuesto sin que se haya obtenido el cobro total o parcial. El plazo en el caso de las pymes es de seis meses.

   CEOE ha propuesto a los partidos políticos del Congreso de los Diputados rebajar el período para reclamar el IVA pagado y no cobrado a 90 días. En concreto, plantea que esta medida se incluya como una enmienda durante la próxima tramitación de la Proposición de Ley presentada por Ciudadanos de refuerzo de la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El exdiputado Josep Sánchez Llibre, que actualmente se encarga de las relaciones entre CEOE y el Congreso, ha sido el responsable de presentar la iniciativa a todos los grupos parlamentarios. La patronal confía en que su propuesta será bien recibida porque es positiva para la economía. La patronal considera que la dificultad para recuperar el IVA supone un doble perjuicio para el acreedor que no solo se encuentra que tiene facturas pendientes de cobro sino que, además, tiene que hacer frente al pago del impuesto indirecto.

   El IVA es un tributo que grava el consumo final y que, en teoría, es neutral para las empresas. Sin embargo, ello no es así. En una operación entre dos empresas, la compañía que actúa como clientes soporta un IVA que podrá deducirse y el proveedor es el encargado de ingresar el impuesto en Hacienda. Por lo tanto, el resultado debería ser neutro. Sin embargo, ello no se cumple en muchas ocasiones. Cuando una empresa paga tarde una factura, el proveedor se encuentra en que debe ingresar el IVA de esa factura. Y si finalmente queda impagada, el proceso de recuperación es tortuoso.

   CEOE propone no solo acortar los plazos, sino también agilizar los trámites para solicitar el reintegro. Los problemas generados por el IVA no cobrado se multiplicaron durante la crisis económica, cuando se disparó la morosidad en el sector privado y también en el público. De hecho, los problemas de tesorería derivados de haber ingresado un IVA que no se ha cobrado son especialmente sangrantes si el que paga tarde y mal es una Administración pública.

   La legislación vigente contempla un período legal máximo de pago de 60 días para las empresas y de 30 días para la Administración. Es habitual sobrepasar estos límites, aunque la morosidad se ha reducido en los últimos años.

   La propuesta de CEOE se ve con buenos ojos en el Ministerio de Hacienda y más en un contexto en el que la recaudación tributaria avanza a buen ritmo. España cerrará este año con un déficit público del 3%y cumplirá el objetivo de estabilidad.

   Una de las medidas que ya adoptó el Gobierno para mitigar los perjuicios de la morosidad fue establecer el llamado IVA de caja a partir del año 2014. Un mecanismo por el cual las empresas pueden pagar el IVA en el momento de cobrar la factura y no cuando se emite. A pesar de que la medida fue ampliamente publicitada por el Gobierno y reclamada por las empresas, no tuvo el efecto que se esperaba.

   La posibilidad de acogerse al IVA de caja se fijó para pymes con una facturación inferior a dos millones de euros. En principio, los beneficiarios potenciales ascendían a 2,3 millones, sin embargo, solo 21.569 contribuyentes se adhirieron. Menos del 1%. Los datos corresponden a 2014, el único año en el que Hacienda informó de esta estadística.

   Para entender el fracaso de esta medida hay que tener en cuenta que el IVAde caja supone que las empresas no ingresan el IVA hasta cobrar la factura. Esa es la parte positiva. Pero también significa que no puede deducirse el IVA soportado hasta pagar sus facturas.

   Por otra parte, las grandes empresas mostraron su preferencia por operar con proveedores que no aplicaran el nuevo régimen. Ello es así porque si una gran compañía realiza una compra a una pyme acogida al IVA de caja no podrá deducirse el impuesto hasta abonar la factura, lo que genera un coste financiero.

   Todo ello, unido a nuevas obligaciones formales para las empresas adheridas al nuevo régimen explica que el IVA de caja no cumpliera con las expectativas. CEOE confía en que acortar el período para reclamar el IVA no cobrado resulte una medida más efectiva.

MAYOR AGILIDAD EN LAS DEVOLUCIONES

   El Gobierno puso en marcha en julio pasado el nuevo proyecto del SII (Suministro Inmediato de Información) que obliga a enviar en tiempo casi real a Hacienda el detalle de las facturas emitidas y recibidas por una empresa. La medida afecta principalmente a grandes compañías, que son aquellas que facturan más de seis millones de euros. CEOE mostró su rechazo por la precipitación en la aplicación del SII y denunció el poco margen que han tenido las empresas para cumplir con las exigencias de informar del IVA en el plazo de ocho días. A partir del próximo año serán cuatro.

   La Agencia Tributaria asegura que los beneficios del SIIsuperan los posibles inconvenientes y este viernes informó de que el nuevo modelo ha permitido reducir en 12 días los plazos medios de devolución del IVA. “El SII no es simplemente una herramienta para el control tributario, sino también una herramienta que favorece la liquidez de las empresas y mejora la gestión del impuesto, dado que permite reforzar sus procesos internos de facturación y contabilidad”, señaló Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria. Los últimos datos de Hacienda reflejan que a principios de noviembre, el fisco recibió información de más de 1.100 millones de facturas a través del SII que suman 950.000 millones.

LA OCDE ACONSEJA A ESPAÑA EL MODELO SUECO DE PENSIONES

   El economista jefe de la Unidad de pensiones privadas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Pablo Antolín-Nicolás, ha criticado hoy la última reforma legal que prepara el Ministerio de Economía, que dirige Luis de Guindos, al considerar que la recuperación del dinero acumulado en los planes de pensiones al cabo de 10 años, “los convierte en planes de ahorro pero no para la jubilación”.

   Antolín-Nicolás ha participado hoy en las jornadas Las pensiones de hoy, las pensiones del futuro organizadas por Funcas e Ibercaja en el Congreso de los Diputados, donde ha reprochado también que la rebaja de las comisiones de gestión de los planes de pensiones al 1,25% que planea Economía con su reforma es insuficiente. “Aún con la rebaja, las comisiones en España sigue teniendo unos costes (de gestión) enormes, mucho mayores que las de los países de si se comparan”, ha dicho.

   Otra de las críticas de este responsable de pensiones de la OCDE es la falta de información sobre su pensión futura de los ciudadanos españoles. “Claramente hay que mejorar la información; no solo debe existir sino que debe ser de fácil acceso para los trabajadores”. El Gobierno aprobó en 2011 que enviaría de forma progresiva una carta con la información sobre sus expectativas de pensión a todos los trabajadores, pero finalmente decidió colocar esta información en su web Tu Seguridad Social. El acceso al simulador de esta web exige una clave y, de momento, no limita la pensión máxima.

   Finalmente, ha abogado porque la reforma española del sistema privado de pensiones debería facilitar más que los participantes de estos planes puedan diseñar más libremente su cartera de inversiones.

   Todo esto le ha llevado a aplicar a España una de las sugerencias básicas de la OCDE a todos los países respecto a las reformas de pensiones: que sean integrales, que no se parcheen los sistemas. “O la reforma es global, o no la hagas”, ha aconsejado.

   En este sentido, ha hecho también una clara recomendación a los legisladores españoles, aconsejándoles que la próxima reforma de pensiones emule al sistema sueco.

   El modelo implantado en Suecia de forma progresiva en los últimos 20 años incluye una parte de pensiones mínimas garantizadas financiadas por impuestos y una segunda parte de la pensión de carácter contributivo, que se conforma a través de cuentas nocionales (individuales para cada trabajado), donde se acumula lo aportado por cada empleado durante toda su vida laboral y es lo que se lleva cuándo se jubila.

   Es más, ha asegurado que la implantación de este modelo podría implantarse en España con más rapidez que en Suecia: “todo depende de la voluntad política y del dinero que se tenga para financiarlo”, ha concluido.

   El director de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Ángel García, que también ha participado en estas jornadas, ha admitido que la próxima reforma de pensiones “parte de un punto complicado”, tras la destrucción de 3,5 millones de empleos en la crisis, de los que se han recuperado aproximadamente la mitad.

   Para García, el principal reto está marcado por el envejecimiento de la población. Si bien ha advertido que el “el relato que se está trasladando a la opinión pública tiene unos elementos que son más ciertos que otros”. Según ha explicado, es cierto que los españoles vivimos más y la próxima llegada a la jubilación de los nacidos en el baby boom hará que en 2050 se tengan que pagar 4,9 millones de pensiones más que ahora, lo que supondrá un incremento del 40%, respecto a la actualidad. Dicho esto, precisó que este fenómeno será coyuntural, por lo que los legisladores deberán tenerlo en cuenta a la hora de adoptar medidas estructurales del sistema.

   Sin embargo, las cuestiones del reto demográfico que no se están contando con claridad son las que “están muy afectadas por la incertidumbre” ha dicho en referencia a las proyecciones demográficas. “No es obligado perder población, tal y como indican algunas proyecciones simplistas que aparecen en los medios de comunicación”. Según ha dicho, las proyecciones demográficas que está elaborando la Comisión Europea para el próximo documento del Aging Worging Group son más favorables .

   
En cualquier caso, García abogó por mejorar la tasa de crecimiento potencial de la economía; por apoyar políticas de natalidad; y políticas de inmigración adecuadas a las necesidades de la sociedad. Asimismo, ha considerado que en orden a mantener la suficiencia de las prestaciones sería conveniente delimitar el esfuerzo que se exige a la sociedad para el pago de las pensiones.

EL DINERO DE LOS PLANES DE PENSIONES SE PODRÁ RETIRAR A LOS 10 AÑOS SIN LÍMITES

   El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha puesto en audiencia pública un proyecto de real decreto por el que se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, que recoge una reducción de las comisiones desde el 1,75% actual a una escala de tres tramos en función de la política de inversión del fondo y la posibilidad de rescatar el plan a los 10 años de su contratación.

   Además, esta propuesta normativa desarrolla la previsión legal que los planes de pensiones se puedan retirar a los 10 años. A pesar de que el sector había pedido que se limitara este supuesto (imponiendo un tope máximo a retirar), Economía ha preferido dejar plena libertad..

   Para el departamento de Luis de Guindos, poder retirar el ahorro acumulado a los 10 años "sin imitación alguna" puede hacer "más atractivo este producto" y atraer a gente más joven a la contratación de los mismos.

   Este real decreto, tras el periodo de consulta pública, requiere el informe del Consejo de Estado, y con posterioridad irá al Consejo de Ministro, un proceso que puede suponer un periodo de seis meses a contar desde ahora.

   En el caso de las comisiones, señaló que la rebaja hay que entenderla en el proceso de reducción de comisiones iniciado en 2014, que fue del 25%, al pasar la máxima del 2% al 1,5%.

   Ahora se avanza en esa rebaja y se pasa del 1,5% de comisión de gestión a una comisión que de    media quedará en el 1,25%. A esto se suma la comisión de depositaría, que baja del 0,25% al 02,%. En total, la comisión total media quedará en el 1,45%.

   En la comisión de gestión se aplicará una escala en tres tramos en función de la política de inversión del fondo de pensiones. La comisión máxima del fondo que invierta sólo en renta fija bajará del 1,5% al 0,85%. En el caso de aquel que invierta en renta fija mixta, que es el sector más importante, se rebaja al 1,3%, y en el resto, que incluye renta variable mixta y pura y fondos garantizados, se mantiene en el 1,5%. 

Planes de pensiones de renta fija: comisión de gestión máxima del 0,85%.
Planes de pensiones de renta fija mixta: comisión de gestión máxima del 1,3%.
Planes de pensiones de renta variable y garantizados: comisión de gestión máxima del 153%.

   Fuentes de Economía recuerdan que en los planes de renta fija, la reducción total de las comisiones ha sido del 60%, si se tienen en cuenta los niveles que había en 2014. Con el último recorte, los partícipes de planes se ahorrarán 68 millones de euros al año.

   En cuanto a la posibilidad de rescatar el plan de pensiones a los 10 años, Economía indicó que será posible hacerlo para las nuevas aportaciones y para el stock de ahorro a partir del 31 de diciembre de 2015. Así, se podrá disponer del plan de pensiones a partir de 2025. 

   En la actualidad hay varios supuestos excepcionales que permiten rescatar un plan de pensiones antes de la jubilación. Se trata de una enfermedad grave, el desempleo de larga duración y, durante la crisis, se abrió la puerta a hacerlo también si el titular estaba inmerso en un proceso de ejecución hipotecaria. A esos supuestos se les une ahora, con carácter de "normalidad", recuperarlo a los 10 años.

   Respecto al tratamiento fiscal en el rescate a los 10 años del plan, fuentes ministeriales indicaron que "la posibilidad de disponer del capital no modifica" el tratamiento fiscal, que se entiende como un rendimiento del trabajo que tributa al tipo marginal.

   Sobre la posibilidad de que haya una retirada masiva de fondos en 2025, el Ministerio expuso que a 31 de diciembre de 2015 había un stock  acumulado de 68.000 millones de euros en fondos de pensiones individuales,  para agregar que las "propia dinámica" de jubilaciones hará que ese stock vaya disminuyendo en el entorno de 4.000 o 5.000 anuales, que saldrían de manera "natural".

   Por ello, la cifra que podría salir de golpe en 2015 será "mucho menos dinero" de esos 68.000 millones. Además, Economía subrayó que la  liquidez a los 10 años introduce un elemento de "competencia" en los productos de ahorro.

jueves, 9 de noviembre de 2017

HACIENDA DA MARCHA ATRÁS Y NO ENDURECERÁ LA TRIBUTACIÓN POR MÓDULOS EN 2018

   La legislación vigente contempla que a partir del 1 de enero de 2018 se endurezcan las condiciones para que los autónomos tributen por módulos. Está previsto que el límite de facturación a partir del cual se veta la tributación en módulos baje el próximo año de los 250.000 a los 150.000 euros y, en el caso de facturación a otras empresas, de 125.000 euros a 75.000 euros. Sin embargo, fuentes de la Administración confirmaron a Cinco Días que la voluntad de Hacienda es mantener el régimen transitorio y salvaguardar al menos un ejercicio más los límites incrementados.

   La prórroga supondrá que un número mayor de trabajadores por cuenta propia seguirá tributando por módulos, lo que implica asumir menos obligaciones formales que el método de estimación directa. Autónomos y organizaciones como ATA habían reclamado esta medida.

   La idea inicial del departamento de Cristóbal Montoro era establecer la prórroga de los límites incrementados de los módulos en los Presupuestos Generales del Estado para 2018, sin embargo, el Ejecutivo no tiene actualmente los suficientes apoyos. Las cuentas, en caso de salir adelante, se aprobarán una vez iniciado el ejercicio. Demasiado tarde para los autónomos afectados por la rebaja de los umbrales. Hacienda está buscando la fórmula para hacer efectiva la prórroga a partir de enero de 2018 y ello podría a articularse a través de la aprobación en el Consejo de Ministros de un Real Decreto Ley en diciembre.

   Por otra parte, este mes debe publicarse la orden ministerial de módulos que regula este régimen tributario y que saldrá a la luz antes de que se haya aprobado oficialmente mantener los umbrales de exclusión.

   La reforma fiscal que aprobó el Gobierno en 2015 contemplaba limitar el acceso a la tributación por módulos como una medida contra el fraude fiscal. Entre otras decisiones, se excluyó del sistema de módulos a las actividades en las que se aplica un tipo de retención del 1%. Ello afectó, por ejemplo, a albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería o pintura. El umbral de exclusión, es decir, el límite de ingresos a partir del cual no se pueda tributar por módulos, se redujo inicialmente de 450.000 a 150.000 euros.

   Sin embargo, el Gobierno suavizó la medida y estableció un régimen transitorio en el que el umbral se situó en 2016 y 2017 en 250.000 euros. Sólo bajaría a 150.000 euros a partir de 2018. Ahora, el régimen transitorio se amplía como mínimo una ejercicio más. También se mantendría en 125.000 euros el límite de exclusión para los autónomos que facturan a otros empresarios o profesionales y que estaba previsto que se redujera a 75.000 euros el próximo año.

   Actualmente, pueden tributar por módulos restaurantes, peluquerías, comercios al por menor, imprentas, transportes, enseñanza o servicios de mudanzas. Los módulos son un formato de tributación que genera menos cargas administrativas para los autónomos en el IRPF y el IVA. Estos contribuyentes no declaran en función de sus beneficios sino a partir de variables objetivas como los metros cuadrados de su negocio, el número de empleados o el consumo de electricidad. Por ejemplo, para un bar, se tiene en cuenta el número de mesas o la longitud de la barra. A partir de estas variables se determina la cuota a pagar.

   En cambio, en el método de estimación directa, la cuota a pagar en el IRPF se fija en función de los ingresos y gastos reales. La estimación directa conlleva más papeleo y cargas administrativas, pero permite deducirse los gastos inherentes al negocio.

   Los últimos datos publicados por la Agencia Tributaria reflejan que en España tributan por IRPF unos tres millones de autónomos. De éstos, más de 1,6 millones están dentro del sistema de estimación directa y declaran un rendimiento neto medio 11.704 euros anuales, según las cifras del ejercicio 2015. Los autónomos que declaran por estimación objetiva (módulos) suman, excluyendo las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, 457.354 contribuyentes y declararan un rendimiento neto de 10.416 euros.

   Los inspectores de Hacienda fueron uno de los colectivos que con más insistencia reclamaron endurecer la tributación por módulos al entender que es una fuente de fraude y de facturas falsas. El engaño clásico que denunciaban era el de un empresario que tributaba por estimación directa o por el impuesto sobre sociedades que emitía facturas falsas para un autónomo en módulos. Gracias a esta práctica, el empresario reducía su factura fiscal sin afectar al autónomo, ya que al estar en módulos paga los mismo con independencia de su facturación.