miércoles, 29 de noviembre de 2017

LA OCDE ACONSEJA A ESPAÑA EL MODELO SUECO DE PENSIONES

   El economista jefe de la Unidad de pensiones privadas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Pablo Antolín-Nicolás, ha criticado hoy la última reforma legal que prepara el Ministerio de Economía, que dirige Luis de Guindos, al considerar que la recuperación del dinero acumulado en los planes de pensiones al cabo de 10 años, “los convierte en planes de ahorro pero no para la jubilación”.

   Antolín-Nicolás ha participado hoy en las jornadas Las pensiones de hoy, las pensiones del futuro organizadas por Funcas e Ibercaja en el Congreso de los Diputados, donde ha reprochado también que la rebaja de las comisiones de gestión de los planes de pensiones al 1,25% que planea Economía con su reforma es insuficiente. “Aún con la rebaja, las comisiones en España sigue teniendo unos costes (de gestión) enormes, mucho mayores que las de los países de si se comparan”, ha dicho.

   Otra de las críticas de este responsable de pensiones de la OCDE es la falta de información sobre su pensión futura de los ciudadanos españoles. “Claramente hay que mejorar la información; no solo debe existir sino que debe ser de fácil acceso para los trabajadores”. El Gobierno aprobó en 2011 que enviaría de forma progresiva una carta con la información sobre sus expectativas de pensión a todos los trabajadores, pero finalmente decidió colocar esta información en su web Tu Seguridad Social. El acceso al simulador de esta web exige una clave y, de momento, no limita la pensión máxima.

   Finalmente, ha abogado porque la reforma española del sistema privado de pensiones debería facilitar más que los participantes de estos planes puedan diseñar más libremente su cartera de inversiones.

   Todo esto le ha llevado a aplicar a España una de las sugerencias básicas de la OCDE a todos los países respecto a las reformas de pensiones: que sean integrales, que no se parcheen los sistemas. “O la reforma es global, o no la hagas”, ha aconsejado.

   En este sentido, ha hecho también una clara recomendación a los legisladores españoles, aconsejándoles que la próxima reforma de pensiones emule al sistema sueco.

   El modelo implantado en Suecia de forma progresiva en los últimos 20 años incluye una parte de pensiones mínimas garantizadas financiadas por impuestos y una segunda parte de la pensión de carácter contributivo, que se conforma a través de cuentas nocionales (individuales para cada trabajado), donde se acumula lo aportado por cada empleado durante toda su vida laboral y es lo que se lleva cuándo se jubila.

   Es más, ha asegurado que la implantación de este modelo podría implantarse en España con más rapidez que en Suecia: “todo depende de la voluntad política y del dinero que se tenga para financiarlo”, ha concluido.

   El director de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Ángel García, que también ha participado en estas jornadas, ha admitido que la próxima reforma de pensiones “parte de un punto complicado”, tras la destrucción de 3,5 millones de empleos en la crisis, de los que se han recuperado aproximadamente la mitad.

   Para García, el principal reto está marcado por el envejecimiento de la población. Si bien ha advertido que el “el relato que se está trasladando a la opinión pública tiene unos elementos que son más ciertos que otros”. Según ha explicado, es cierto que los españoles vivimos más y la próxima llegada a la jubilación de los nacidos en el baby boom hará que en 2050 se tengan que pagar 4,9 millones de pensiones más que ahora, lo que supondrá un incremento del 40%, respecto a la actualidad. Dicho esto, precisó que este fenómeno será coyuntural, por lo que los legisladores deberán tenerlo en cuenta a la hora de adoptar medidas estructurales del sistema.

   Sin embargo, las cuestiones del reto demográfico que no se están contando con claridad son las que “están muy afectadas por la incertidumbre” ha dicho en referencia a las proyecciones demográficas. “No es obligado perder población, tal y como indican algunas proyecciones simplistas que aparecen en los medios de comunicación”. Según ha dicho, las proyecciones demográficas que está elaborando la Comisión Europea para el próximo documento del Aging Worging Group son más favorables .

   
En cualquier caso, García abogó por mejorar la tasa de crecimiento potencial de la economía; por apoyar políticas de natalidad; y políticas de inmigración adecuadas a las necesidades de la sociedad. Asimismo, ha considerado que en orden a mantener la suficiencia de las prestaciones sería conveniente delimitar el esfuerzo que se exige a la sociedad para el pago de las pensiones.

EL DINERO DE LOS PLANES DE PENSIONES SE PODRÁ RETIRAR A LOS 10 AÑOS SIN LÍMITES

   El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha puesto en audiencia pública un proyecto de real decreto por el que se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, que recoge una reducción de las comisiones desde el 1,75% actual a una escala de tres tramos en función de la política de inversión del fondo y la posibilidad de rescatar el plan a los 10 años de su contratación.

   Además, esta propuesta normativa desarrolla la previsión legal que los planes de pensiones se puedan retirar a los 10 años. A pesar de que el sector había pedido que se limitara este supuesto (imponiendo un tope máximo a retirar), Economía ha preferido dejar plena libertad..

   Para el departamento de Luis de Guindos, poder retirar el ahorro acumulado a los 10 años "sin imitación alguna" puede hacer "más atractivo este producto" y atraer a gente más joven a la contratación de los mismos.

   Este real decreto, tras el periodo de consulta pública, requiere el informe del Consejo de Estado, y con posterioridad irá al Consejo de Ministro, un proceso que puede suponer un periodo de seis meses a contar desde ahora.

   En el caso de las comisiones, señaló que la rebaja hay que entenderla en el proceso de reducción de comisiones iniciado en 2014, que fue del 25%, al pasar la máxima del 2% al 1,5%.

   Ahora se avanza en esa rebaja y se pasa del 1,5% de comisión de gestión a una comisión que de    media quedará en el 1,25%. A esto se suma la comisión de depositaría, que baja del 0,25% al 02,%. En total, la comisión total media quedará en el 1,45%.

   En la comisión de gestión se aplicará una escala en tres tramos en función de la política de inversión del fondo de pensiones. La comisión máxima del fondo que invierta sólo en renta fija bajará del 1,5% al 0,85%. En el caso de aquel que invierta en renta fija mixta, que es el sector más importante, se rebaja al 1,3%, y en el resto, que incluye renta variable mixta y pura y fondos garantizados, se mantiene en el 1,5%. 

Planes de pensiones de renta fija: comisión de gestión máxima del 0,85%.
Planes de pensiones de renta fija mixta: comisión de gestión máxima del 1,3%.
Planes de pensiones de renta variable y garantizados: comisión de gestión máxima del 153%.

   Fuentes de Economía recuerdan que en los planes de renta fija, la reducción total de las comisiones ha sido del 60%, si se tienen en cuenta los niveles que había en 2014. Con el último recorte, los partícipes de planes se ahorrarán 68 millones de euros al año.

   En cuanto a la posibilidad de rescatar el plan de pensiones a los 10 años, Economía indicó que será posible hacerlo para las nuevas aportaciones y para el stock de ahorro a partir del 31 de diciembre de 2015. Así, se podrá disponer del plan de pensiones a partir de 2025. 

   En la actualidad hay varios supuestos excepcionales que permiten rescatar un plan de pensiones antes de la jubilación. Se trata de una enfermedad grave, el desempleo de larga duración y, durante la crisis, se abrió la puerta a hacerlo también si el titular estaba inmerso en un proceso de ejecución hipotecaria. A esos supuestos se les une ahora, con carácter de "normalidad", recuperarlo a los 10 años.

   Respecto al tratamiento fiscal en el rescate a los 10 años del plan, fuentes ministeriales indicaron que "la posibilidad de disponer del capital no modifica" el tratamiento fiscal, que se entiende como un rendimiento del trabajo que tributa al tipo marginal.

   Sobre la posibilidad de que haya una retirada masiva de fondos en 2025, el Ministerio expuso que a 31 de diciembre de 2015 había un stock  acumulado de 68.000 millones de euros en fondos de pensiones individuales,  para agregar que las "propia dinámica" de jubilaciones hará que ese stock vaya disminuyendo en el entorno de 4.000 o 5.000 anuales, que saldrían de manera "natural".

   Por ello, la cifra que podría salir de golpe en 2015 será "mucho menos dinero" de esos 68.000 millones. Además, Economía subrayó que la  liquidez a los 10 años introduce un elemento de "competencia" en los productos de ahorro.

jueves, 9 de noviembre de 2017

HACIENDA DA MARCHA ATRÁS Y NO ENDURECERÁ LA TRIBUTACIÓN POR MÓDULOS EN 2018

   La legislación vigente contempla que a partir del 1 de enero de 2018 se endurezcan las condiciones para que los autónomos tributen por módulos. Está previsto que el límite de facturación a partir del cual se veta la tributación en módulos baje el próximo año de los 250.000 a los 150.000 euros y, en el caso de facturación a otras empresas, de 125.000 euros a 75.000 euros. Sin embargo, fuentes de la Administración confirmaron a Cinco Días que la voluntad de Hacienda es mantener el régimen transitorio y salvaguardar al menos un ejercicio más los límites incrementados.

   La prórroga supondrá que un número mayor de trabajadores por cuenta propia seguirá tributando por módulos, lo que implica asumir menos obligaciones formales que el método de estimación directa. Autónomos y organizaciones como ATA habían reclamado esta medida.

   La idea inicial del departamento de Cristóbal Montoro era establecer la prórroga de los límites incrementados de los módulos en los Presupuestos Generales del Estado para 2018, sin embargo, el Ejecutivo no tiene actualmente los suficientes apoyos. Las cuentas, en caso de salir adelante, se aprobarán una vez iniciado el ejercicio. Demasiado tarde para los autónomos afectados por la rebaja de los umbrales. Hacienda está buscando la fórmula para hacer efectiva la prórroga a partir de enero de 2018 y ello podría a articularse a través de la aprobación en el Consejo de Ministros de un Real Decreto Ley en diciembre.

   Por otra parte, este mes debe publicarse la orden ministerial de módulos que regula este régimen tributario y que saldrá a la luz antes de que se haya aprobado oficialmente mantener los umbrales de exclusión.

   La reforma fiscal que aprobó el Gobierno en 2015 contemplaba limitar el acceso a la tributación por módulos como una medida contra el fraude fiscal. Entre otras decisiones, se excluyó del sistema de módulos a las actividades en las que se aplica un tipo de retención del 1%. Ello afectó, por ejemplo, a albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería o pintura. El umbral de exclusión, es decir, el límite de ingresos a partir del cual no se pueda tributar por módulos, se redujo inicialmente de 450.000 a 150.000 euros.

   Sin embargo, el Gobierno suavizó la medida y estableció un régimen transitorio en el que el umbral se situó en 2016 y 2017 en 250.000 euros. Sólo bajaría a 150.000 euros a partir de 2018. Ahora, el régimen transitorio se amplía como mínimo una ejercicio más. También se mantendría en 125.000 euros el límite de exclusión para los autónomos que facturan a otros empresarios o profesionales y que estaba previsto que se redujera a 75.000 euros el próximo año.

   Actualmente, pueden tributar por módulos restaurantes, peluquerías, comercios al por menor, imprentas, transportes, enseñanza o servicios de mudanzas. Los módulos son un formato de tributación que genera menos cargas administrativas para los autónomos en el IRPF y el IVA. Estos contribuyentes no declaran en función de sus beneficios sino a partir de variables objetivas como los metros cuadrados de su negocio, el número de empleados o el consumo de electricidad. Por ejemplo, para un bar, se tiene en cuenta el número de mesas o la longitud de la barra. A partir de estas variables se determina la cuota a pagar.

   En cambio, en el método de estimación directa, la cuota a pagar en el IRPF se fija en función de los ingresos y gastos reales. La estimación directa conlleva más papeleo y cargas administrativas, pero permite deducirse los gastos inherentes al negocio.

   Los últimos datos publicados por la Agencia Tributaria reflejan que en España tributan por IRPF unos tres millones de autónomos. De éstos, más de 1,6 millones están dentro del sistema de estimación directa y declaran un rendimiento neto medio 11.704 euros anuales, según las cifras del ejercicio 2015. Los autónomos que declaran por estimación objetiva (módulos) suman, excluyendo las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, 457.354 contribuyentes y declararan un rendimiento neto de 10.416 euros.

   Los inspectores de Hacienda fueron uno de los colectivos que con más insistencia reclamaron endurecer la tributación por módulos al entender que es una fuente de fraude y de facturas falsas. El engaño clásico que denunciaban era el de un empresario que tributaba por estimación directa o por el impuesto sobre sociedades que emitía facturas falsas para un autónomo en módulos. Gracias a esta práctica, el empresario reducía su factura fiscal sin afectar al autónomo, ya que al estar en módulos paga los mismo con independencia de su facturación.

miércoles, 25 de octubre de 2017

LAS 10 CLAVES DE LA LEY DE REFORMAS URGENTES DEL TRABAJO AUTÓNOMO

(Ley 6/2017, de 24 de octubre. BOE de 25 de octubre) 

   La Ley aprueba importantes medidas de reforma del trabajo autónomo destinadas a apoyar el desarrollo de la actividad emprendedora, que afectan a los siguientes temas: mejora de la cotización a la Seguridad Social y reducción de las cargas administrativas, fomento y promoción del trabajo autónomo (tarifa plana), favorecimiento de la conciliación entre su vida familiar y laboral, mejora de sus derechos colectivos, clarificación de su fiscalidad y mejora de su cotización y su formación profesional y consideración del accidente in itinere como accidente de trabajo. 
Estas son sus claves: 

1.- SE AMPLÍA EL TIEMPO DE DURACIÓN DE LA TARIFA PLANA Y SE AÑADE UN NUEVO SUPUESTO PARA DU DISFRUTE 
(Arts. 3 y 7 L 6/2017; Arts. 31, 32 y nuevo 38 bis L 20/2007) 

   Se amplía de 6 a 12 meses el tiempo de cobro de la tarifa plana de cotización por contingencias comunes de 50 euros mensuales, y se reduce de 5 a 2 años el periodo sin cotizar en el RETA exigido para poder beneficiarse de la misma (para el caso de haber disfrutado de la tarifa plana en un periodo de alta anterior, ese periodo será de 3 años). 

— Se aplica a aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomos que, o bien causen alta inicial o bien no hubieran estado en situación de alta en los 2 años (3 si se ha disfrutado anteriormente) inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta, en ese Régimen Especial, y consiste en una reducción en la cotización por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, que será una cantidad fija de 50 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta siempre que opten por cotizar por la base mínima. 

— Se aplica asimismo a los trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º, y a los socios de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el grupo 1º de Trabajadores del Mar. 

— Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018. 
Por otro lado, se introduce un nuevo supuesto de tarifa plana, destinado a aquellas las mujeres autónomas que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese por descanso por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción,  acogimiento o tutela. 

— Podrán acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante los 12 meses siguientes a su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por base mínima. Y si optan por una base superior, la bonificación será del 80% sobre la cuota por contingencias comunes aplicada sobre dicha base mínima incluida la IT y durante ese mismo periodo de 12 meses. 
— La medida es aplicable a las trabajadoras incluidas en el Régimen especial de Autónomos y a aquellas por cuenta propia incluidas en el grupo 1º del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

2.- POSIBILIDAD DE AFILIACIÓN, ALTA Y BAJA EN LA SEGURIDAD SOCIAL HASTA TRES VECES AL AÑO, EN QUE SE ABONARÁ LA CUOTA POR DÍAS TRABAJADOS 
(D.F. 1ª, 2ª y 9ª L 6/2017; Art. 46 RD 84/1996; Art. 45 RD 2064/1995 Art. 22.7 LISOS) 

   El trabajador por cuenta propia podrá afiliarse y darse de alta y baja hasta tres veces en el mismo año natural y en esos meses solo pagarán por días trabajados, es decir, a partir del día que se dé de alta o de baja, sin tener que pagar el mes entero, como hasta ahora. 

   Los efectos de la baja deberán coincidir con el día real en que el trabajador comunica su cese de actividad y la cuota fija mensual se dividirá por 30. 

— Efectos de la afiliación y hasta tres altas o tres bajas desde el día de inclusión o cese en el Régimen Especial de Autónomos, de forma que en esos meses de abonará la cuota por los días del mes trabajados por cuenta propia. 

— Se modifica la infracción grave de los trabajadores autónomos relativa a la afiliación inicial o alta en la LISOS, a fin de adecuarla a esa nueva posibilidad. 

— Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

3.- SE AMPLÍA LA POSIBILIDAD DE CAMBIAR LA BASE DE COTIZACIÓN HASTA 4 VECES AL AÑO 
(D.F. 2ª L 6/2017, nuevo Art. 43 bis RD 2064/1995) 

   La posibilidad de que los trabajadores autónomos cambien su base de cotización pasa de 2 a 4 veces al año, concretamente los días 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y 1 de enero del año siguiente, según la solicitud se haya formulado en el trimestre anterior a cada fecha y dentro de los límites establecidos en la Ley PGEº vigente. 

Lo que posibilita una mejor adaptación de las cotizaciones a los ingresos. 

— Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018. 

4.- POSIBILIDAD DE COMPATIBILIZAR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD CON EL 100% DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN 
(D.F. 5ª L 6/2017, Art. 214 LGSS) 

   Los autónomos podrán compatibilizar el cobro del 100% de su pensión de jubilación con el mantenimiento de su actividad, siempre que se acredite tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena. 

   Hasta ahora, la compatibilidad alcanzaba al 50% de la pensión, que sigue siendo la norma cuando el trabajador autónomo no tenga asalariados a su cargo

5.- CONSIDERACIÓN EXPRESA DEL ACCIDENTE IN ITINERE COMO ACCIDENTE DE TRABAJO 
(Art. 14 L 6/2017; Art. 316.2 LGSS) 

   Se equipara el accidente in itinere de los autónomos que coticen por riesgos profesionales a las contingencias profesionales. Y, por tanto, se considera accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. 

   A estos efectos, es lugar de la prestación el establecimiento donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad que no coincida con su domicilio y esté así declarado fiscalmente

6.- SE REDUCE EL RECARGO POR RETRASO EN EL PAGO DE CUOTAS DEL PRIMER MES 
(Art. 1 y D.F. 3ª L 6/2017; Art. 30 LGSS) 

   Se reduce a un 10% el recargo por ingreso fuera de plazo de la deuda por cuotas de Seguridad Social durante el primer mes siguiente al debido, que era del 20%, a través de una modificación del artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social. 

— Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018. 

— El resto del artículo permanece con el texto anterior. 

7.- SE DEVUELVE LA MITAD DEL EXCESO DE COTIZACIONES EN CASO DE PLURIACTIVIDAD 
(Artículo 2 L 6/2017; Art. 313 LGSS; Art. 8 L 47/2015) 

   Cuando los trabajadores autónomos o los trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º coticen también en algún Régimen por cuenta ajena en régimen de pluriactividad, la TGSS devolverá de oficio la mitad del exceso de las cotizaciones ingresadas, antes del 1 de mayo. Concretamente: 

— Los trabajadores autónomos que desarrollen simultáneamente un trabajo por cuenta ajena por el que coticen por contingencias comunes en régimen de pluriactividad, tendrán derecho al reintegro del 50% por ciento del exceso sobre sus cotizaciones en la cuantía establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, con el tope del 50% por ciento de las cuotas ingresadas por contingencias comunes en el Régimen Especial de Autónomos. 

— La Tesorería General de la Seguridad Social abonará ese reintegro antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente, o fecha posterior cuando concurran especialidades que lo impidan o sea necesario que eñ interesado aporte datos. 

8.- SE MEJORAN LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN PROFESIONAL Y FAMILIAR YA EXISTENTES 
(Arts. 5 y 6 L 6/2017; Arts. 30 y 38 L 20/2007) 

   La bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses por cuidado de menores de 7 años a su cargo se amplía a los menores de 12 años, así como a los trabajadores del mar por cuenta propia incluidos en el grupo 1º de cotización. 

   En cuanto a la bonificación del 100% de la cuota por motivo de descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural: 

— Se amplía al supuesto de guarda con fines de adopción. 

— Deja de ser requisito imprescindible la simultánea sustitución del trabajador por cuenta propia mediante un contrato de interinidad bonificado conforme al RDLey 11/1998, aunque no por ello deja de ser compatible (es decir, que se puede percibir aunque el trabajador por cuenta propia no sea sustituido, lo que  será opcional), pero sí se introduce una duración mínima del descanso de un mes. 

— Pasa a aplicarse asimismo a los trabajadores del mar por cuenta propia incluidos en el grupo 1º. 

— La bonificación pasa a ser del 100% de la cuota resultante de aplicar a la base media del trabajador por cuenta propia en los 12 meses anteriores (hasta ahora, era la base mínima o fija correspondiente), o desde que esté en alta si es un periodo inferior. 

9.- SE BONIFICA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE FAMILIARES 
(D.A. 7ª L 6/2017) 

   Se introduce una nueva bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses a aquellos contratos indefinidos celebrados por el trabajador autónomo con su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, como trabajadores por cuenta ajena. Requisitos: 

— No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas, por despidos disciplinarios declarados judicialmente improcedentes, o por despidos colectivos declarados no ajustados a Derecho, en los 12 meses anteriores a la celebración del contrato. 


— Mantener el nivel de empleo en los 6 meses posteriores a la celebración del contrato, sin que se computen a estos efectos las extinciones válidas y procedentes. 

10.- SE MEJORAN LOS BENEFICIOS EN LA COTIZACIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VÍCTIMAS DEL TERRORISMO 
(Art. 4 L 6/2017; Art. 32 L 20/2007) 

   Se mejoran los beneficios en la cotización a personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, en cuanto a lo siguiente: 

— El período de baja en este Régimen Especial exigido para que tales colectivos tengan derecho a los beneficios en la cotización en caso de reemprender una actividad por cuenta propia, será de 3 años cuando ya hubieran disfrutado de ellos anteriormente. 

— Si la fecha de efectos del alta en dicho Régimen no coincide con el primer día del mes natural, el beneficio de ese mes se aplicará proporcionalmente a los días de alta. 

— Las reducciones y bonificaciones se aplicarán asimismo a los trabajadores del mar por cuenta propia del grupo 1º, y a los socios de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el grupo 1º de Trabajadores del Mar. 

— Esta medida entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018. 

EL CONGRESO TRAMITARÁ UNA LEY QUE OBLIGA A LAS EMPRESAS A REGISTRAR LAS HORAS EXTRAS


 Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, PNV y UPN han respaldado en el Pleno del Congreso la admisión a trámite de una proposición de ley del PSOE que busca obligar a las empresas a llevar un registro con las horas trabajadas por cada empleado.

   Independientemente del voto de Esquerra Republicana o el PDeCAT, ausentes durante el debate este martes en el Congreso, el PSOE se garantiza la admisión de la iniciativa gracias a la abstención anunciada por Ciudadanos.

   La portavoz de Empleo de los socialistas, Rocío de Frutos, ha defendido que la iniciativa serviría para garantizar la conciliación, mejoraría los recursos a la Seguridad Social --pues se cotizarían todas las horas trabajadas-- y se abordaría el riesgo psicosocial que supone "la presencia excesiva del trabajador en su puesto de trabajo".

DEMOSTRAR LO QUE SE TRABAJA, COBRAR POR ELLO Y COTIZARLO

   "Lo mínimo para hablar de calidad en el trabajo es que un trabajador pueda demostrar lo que trabaja, cobrar por lo que trabaja, y cotizar por lo que cobra", ha aseverado la diputada socialista, argumentando que la obligatoriedad de este registro "acabaría con el exceso de jornadas injustificadas y daría al trabajador un elemento imprescindible de prueba".

Asimismo, ha defendido que el control de horas impulsaría la creación de puestos de trabajo ya que, según cálculos de las organizaciones sindicales referidos por De Frutos, computando todas las horas extraordinarias sin remunerar realizadas podrían crearse más de 326.000 nuevos empleos.

3,5 MILLONES DE HORAS GRATIS CADA SEMANA

   Su homólogo en Unidos Podemos, Alberto Rodríguez, ha subrayado durante su intervención que cada semana se trabajan 3,5 millones de horas no remuneradas en España. "Esto es completamente ilegal. Inconstitucional también, pero no veo ningún patriota poniendo el grito en el cielo", ha criticado.

   "Esto sí que rompe España por la mitad. Están robando dinero de la gente trabajadora", ha abundado Rodríguez, que ha recordado que la última propuesta de Podemos para modificar el Estatuto de los Trabajadores acabó con el veto del Gobierno, lo que ha calificado como "agresión directa a la separación de poderes".

   "Para el PP, la separación de poderes, los derechos de los trabajadores y la democracia en sí no son un avance de la humanidad, sino obstáculos incómodos para hacer lo que más les gusta: robar, explotar, saquear y dividir al país", ha concluido su intervención, dirigiéndose a la bancada 'popular'.

SI NO HAY REGISTRO, ES QUE NO HAY HORAS EXTRA

   Por parte del PNV, Iñigo Barandiaran ha redundado en las ventajas de conocer la existencia fehaciente de las horas extraordinarias, pero especialmente en la necesidad de revertir la carga que supone para el trabajador tener que demostrar las horas trabajadas de más.

   Todo ello consecuencia de la actual legislación, ha explicado, pues ésta recoge únicamente la obligatoriedad de llevar la cuenta de horas en caso de que éstas sean extraordinarias, por lo que si no existe registro es que no se llevan a cabo.

   También UPN ha apoyado la tramitación de la propuesta del PSOE, recordando que este registro "es algo habitual en el sector industrial". "¿Por qué no en el sector servicios?", se ha preguntado su diputado Iñigo Alli, que ha llamado a "evitar las jornadas maratonianas", que no mejoran ni la productividad ni permiten generar más contrataciones.

ABSTENCION DE CS: "HAY OTRAS OPCIONES"

  Manifestándose "de acuerdo con el fondo de la propuesta", pero en desacuerdo con las formas y con su destinatario, Ciudadanos ha justificado su abstención rebatiendo varios de los puntos de la propuesta, a pesar de que su diputado Sergio del Campo ha reconocido el grave problema que supone el incumplimiento de las jornadas laborales.

   En todo caso, Del Campo ha señalado que el registro no es "la forma más eficiente para controlar la jornada" y ha señalado que, aunque es obligatorio en el trabajo parcial, "se ha convertido más en una traba administrativa que en un mecanismo eficaz". "Solo hay que ver los niveles de fraude que hay", ha argumentado.

   En este sentido, ha abogado por impulsar sistemas electrónicos que garanticen la veracidad y el control de la Inspección y los sindicatos, y obligar a las empresas a proponer medios de verificación y, en caso de que no sea así, invertir la carga de la prueba. Asimismo, se ha mostrado contrario a reconocer el derecho del trabajador a una jornada regular, pues considera que supone "volver al pasado".

PP: SE OLVIDAN "LAS NUEVAS TENDENCIAS LABORALES"

   Por su parte, el diputado 'popular' Carmelo Romero ha criticado que la propuesta se olvide de "las nuevas tendencias del mundo laboral", y ha enumerado, entre otras, la flexibilidad en las empresas, la economía digital y el trabajo por resultados.

Aunque ha reconocido la necesidad de clarificar el registro de hora, fruto de las diferentes interpretaciones del Tribunal Supremo, Romero ha recordado que esta cuestión está ya abordándose en la Mesa sobre la calidad en el empleo, entre los sindicatos CC.OO. y UGT, las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

"Seamos prudentes y dejemos a todos los agentes que acuerden. Si no es posible, será el legislativo el que dicte los mínimos a los que atenerse", ha concluido su intervención.

lunes, 16 de octubre de 2017

BRUSELAS LANZA LA MAYOR REFORMA DEL IVA EN UN CUARTO DE SIGLO

   La Comisión Europea, presidida por Jean-Claude Juncker, ha iniciado este miércoles la mayor reforma del Impuesto sobre el valor añadido (IVA) de los últimos 25 años. Bruselas propone la supresión de las fronteras fiscales para crear un solo área de imposición en que el IVA siempre se ingrese en el país de origen de la mercancía o del servicio. La nueva norma suprimirá, por tanto, la exención de IVA que ahora disfrutan las operaciones transfronterizas entre empresas.


 El objetivo es que la empresa vendedora cargue el IVA con arreglo al tipo de imposición del país de destino y lo ingrese en su propia administración tributaria. Los Estados se transferirán después la recaudación que corresponda a cada uno.

   El modelo persigue acabar con el fraude del carrusel, ampliamente explotado en el mercado europeo. El delito consiste en la creación de empresas pantallas que importan bienes con la exención de IVA y los revenden cargando el impuesto. Una vez cobrado el IVA, la empresa desaparece sin ingresarlo en ninguna hacienda.

   Bruselas calcula que la reforma reducirá en un 80% el fraude que sufre el IVA en el comercio entre Estados miembros, lo que podría aumentar la recaudación en unos 41.000 millones de euros al año. La CE añade que la simplificación de los procedimientos, con una sola declaración el país del vendedor, permitirá al conjunto de las empresas ahorrarse hasta 1.000 millones de euros en burocracia.

   El panorama color de rosa que describe la Comisión, sin embargo, tardará todavía al menos cinco años en llegar porque Bruselas propone introducirlo en dos fases hasta 2022. Las nuevas normas, además, requerirán unanimidad en el Consejo de Ministros de la UE, por lo que se podría tardar aún más.

   Cada año que pase, el IVA sufrirá unas pérdidas por fraude de unos 50.000 millones de euros, por lo que, durante el período de tramitación de la reforma, la hemorragia puede superar con facilidad el cuarto de billón de euros.

   El Partido Popular Europeo, el mayor grupo del Parlamento Europeo, considera lamentable la lentitud del proyecto. "El plan y las medidas rápidas planteadas son buenas, pero llevamos 24 años esperando un sistema definitivo de recaudación del IVA", ha señalado el eurodiputado alemán Burkhard Balz, del grupo Popular. "La Comisión dijo el año pasado que en 2017 tendríamos una nueva norma pero ahora se limita a hacer otro anuncio", añade Balz.

   La CE atribuye su parsimonia al resultado de la consulta entre los operadores y las autoridades nacionales, que piden cautela en la reforma. Por ese motivo, Bruselas ha secuenciado los cambios en dos etapas.

   La primera etapa suprime la exención del IVA para la venta transfronteriza de bienes entre empresas. Pero ese paso, a su vez, lo divide también en dos etapas. Este año, propondrá la introducción en la normativa de un certificado de buena conducta fiscal que permitirá a los operadores continuar realizando ventas transfronterizas sin cargar el IVA. Al mismo tiempo se simplificarán los procedimientos para la declaración del impuesto y se creará una ventanilla única en cada país para que las empresas puedan tramitarlo en su propio idioma y con los mismos formularios que utilizan para las operaciones nacionales.

   El segundo paso de la primera fase se daría en 2018, con un proyecto de directiva que fijaría legalmente el nuevo sistema de recaudación del IVA.

   La segunda y definitiva fase no comenzaría hasta cinco años después, cuando la Comisión haya evaluado el impacto de los cambios en el comercio transfronterizo de bienes. Si la experiencia se considera positiva, el sistema se extenderá también a la prestación transfronteriza de servicios, por lo que el tratamiento de todas las operaciones quedará armonizado.

   Bruselas calcula que la transformación se completará en 2022. Pero los precedentes indican que las reformas en materia fiscal pueden tardar años en acordarse.

jueves, 21 de septiembre de 2017

EL ADELANTO DE LAS DECLARACIONES ANUALES MOTIVA PROTESTAS

Se quejan los asesores de la reducción de plazos para operaciones con terceras personas y régimen de atribución

    El Consejo General de Economistas y la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (Aece) han manifestado a Hacienda su oposición a que se adelanten del mes de febrero al de enero las declaraciones anuales de entidades en régimen de atribución (modelo 184) y de operaciones con terceros (modelo 347).  En un comunicado hecho público ayer, el Reaf -órgano especializado en fiscalidad de los Economistas- manifiesta que ha detectado alarma "entre los obligados tributarios y sus asesores ante esta reducción de plazos que, por otra parte, ya se venía produciendo -en un principio el plazo para presentar el modelo 347 de un ejercicio era en abril del año siguiente-".

    Aece considera que se requiere de "una contrastación previa laboriosa entre clientes y proveedores para que el resultado consignado refleje exactamente el importe de la suma de las operaciones entre ellos realizadas, y que el dato tenga la calidad necesaria que se pretende y cumpla con su finalidad".

Alegaciones

    Las alegaciones para oponerse se refieren a que en el mes de enero se acumulan las autoliquidaciones y declaraciones informativas a presentar como, entre otras, las correspondientes al último mes o trimestre del año -los modelos de retenciones sobre rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario o el del IVA- y los resúmenes anuales de retenciones de las diferentes fuentes de renta o el resumen anual de IVA.


    Por ello, la Administración recibirá una información de menor calidad, al ser insuficiente el plazo para elaborarla y las entidades en régimen de atribución que realizan actividades económicas tienen que elaborar una cuenta de resultados lo que exige haber contabilizado todas las facturas emitidas y recibidas -teniendo en cuenta que las facturas de diciembre puede que no las hayan recibido hasta después del 15 de enero, que es la fecha límite que tiene el proveedor para remitirlas-. El modelo 347 obliga a agrupar las operaciones por trimestres y recopilar la información sobre pagos en metálico. No es, por tanto, una mera tarea mecánica.